Nuevo Código Penal incorpora el feminicidio y lo tipifica en dos
Los feminicidios serán agravados o conexos, con características y penas diferentes
El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó este domingo el nuevo Código Penal Dominicano y con ello se incluyó en la normativa de manera oficial el crimen de feminicidio, así como sus penas y tipos.
La Ley 74-25 define el feminicidio en su artículo 93 como «el hecho que cause la muerte de una mujer, independientemente de su edad, relación de pareja, sin importar el lugar donde ocurra».
También los segmenta en dos tipos: el agravado y el conexo, con características y castigos diferentes.
Las agravantes del feminicidio en general son 20.
Penas de 30 a 40 años
En relación a su castigo, establece que será sancionado con penas de 30 a 40 años de reclusión mayor y al pago de una multa de 50 a 1,000 salarios mínimos del sector público.
El feminicidio agravado
En su artículo 94, el nuevo Código Penal establece que se habrá cometido feminicidio agravado cuando se verifique algunas de las circunstancias siguientes:
Fuente Diario Libre




